Kwiecień 2010, Adminex News nr. 5

PHIG.pl » Eksperci radzą » Kwiecień 2010, Adminex News nr. 5
  • Publikacja 28 sierpnia 2010
  • Modyfikacja 2014-04-07 15:53:25


Zapraszamy do lektury artykułu przygotowanego przez Firmę Członkowską PHIG - Adminex Polska (publikacja w j. hiszpańskim).

En el mes de Marzo se puso en marcha un nuevo programa de apoyo para las empresas polacas, a propuesta del Ministerio de Desarrollo Regional. Los créditos pueden alcanzar hasta los 500 millones de euros por empresa.

De acuerdo con el Reglamento, la ayuda se podrá aplicar a las compañías que no estaban en riesgo económico a fecha 1 de Julio de 2008, pero que debido a la crisis financiera y económica sí se han tenido dificultades económicas después de dicha fecha. A diferencia de la “Ley Contra la Crisis” (vigente desde el 22 de agosto de 2009), que establecía unos requisitos muy rigurosos en relación con los criterios de la disminución de la renta, el nuevo programa no define de forma especifica del término “riesgo”, por lo que el programa puede llegar a ser una atractiva forma de apoyo para las empresas.

Las subvenciones no podrán ser solicitadas por empresas representantes de algunos de los siguientes sectores:

  • Pesca
  • Producción agrícola
  • Otras empresas de tratamiento y comercialización de productos agrícolas
  • Producción destinada a la exportación


Los empresarios que se ya estén recibiendo ayudas públicas no podrán beneficiarse de estos nuevos créditos.

El programa será financiado con los programas operativos regionales. Las concesiones de ayuda de este programa van a tomarse por las autoridades locales. Por tanto,  las subvenciones  podrán ser recibidas por las empresas que se encuentran en el territorio local que se ha unido al programa. Probablemente no todas las regiones accederán a los créditos del programa.

Por otra parte, las regiones que lleven a cabo el programa deberán establecer  un procedimiento para la concesión del crédito. El éxito de un nuevo instrumento para promover los negocios dependerá entonces de las autoridades locales y de si son capaces de preparar rápidamente la tramitación administrativa para el programa, pues los créditos se concederán  sólo hasta  finales de 2010.

Los recursos del programa pueden ser destinados a la realización y continuación de las inversiones relacionadas con la producción, la prestación de servicios, los cambios del perfil de la actividad, así como la contratación de servicios jurídicos, financieros, de asesoramiento, de consultoría o técnicos, con el fin de mejorar la  eficiencia de la empresa.

A los gastos subvencionables pertenecen los siguientes costes:

  • Compra de materiales de construcción, maquinaria, equipamiento técnico, herramientas, instrumentos y aparatos.
  • Adquisición de activos nuevos o existentes, su instalación y puesta en servicio acorde con la normativa contable,  a fin de que:
  • Se apliquen únicamente acorde con el objetivo del proyecto subvencionado
  • Se amorticen  de acuerdo con la normativa contable
  • Hayan sido comprados por terceros independientes de la sociedad que está aprovechando la ayuda, conforme a los precios de de mercado
  • La adaptación de terrenos, edificios, estructuras, maquinaría, equipamiento y aparatos (incluyendo la demolición, recuperación de tierras, construcción, renovación, modernización, adaptación y construcción, reconstrucción, modernización de la infraestructura técnica, principalmente de agua, alcantarillado, transporte, energía, gas, aguas pluviales, las telecomunicaciones y redes especializadas).
  • La supervisión técnica y la construcción.
  • La adquisición de los activos intangibles en forma de patentes, licencias, know-how, los conocimientos técnicos no patentados, tecnología u organización en el marco de marketing.
  • La compra de servicios de consultoría, información legal, financiera o técnica que lleve directamente a mejorar la eficiencia de la empresa.
  • El crédito destinado a una empresa puede alcanzar como máximo los 500 millones de euros y el 100% de los costes subvencionables.


El empresario que perciba una subvención no podrá modificar considerablemente el proyecto durante los siguientes cinco años. Sin embargo, las micro, pequeñas y medianas empresas, pueden solicitar al gobierno regional la reducción del período a tres años. El cambio de maquinaría o equipamiento durante este período no se consideraría como una modificación del proyecto.


Iwona Smater
Managing Director
ADMINEX Polska
http://adminex.com/